Normativa

Normativa sobre la solicitud de aval y/o apoyo de la Sociedad Española de Heridas a: actividades formativas, reuniones científicas o publicaciones científicas a marzo de 2023

La Sociedad Española de Heridas (SEHER) tiene entre sus objetivos sociales establecidos en el artículo 2 de sus estatutos “Programar acciones reivindicativas y organizar una constante labor formativa y de promoción de sus asociados, en el orden profesional, científico y cultural en los ámbitos de la investigación, docencia, cuidados y tratamientos en el campo de las heridas” y es por ello que debe recomendar, ante sus asociados y ante todos aquellos que lo soliciten, si considera que una actividad determinada está de acuerdo con sus finalidades. 

Con el fin de alcanzar dichos objetivos la SEHER por un lado desarrolla sus propias actividades científicas organizadas en forma de reuniones, cursos, simposios, conferencias o talleres prácticos y por otro puede además avalar patrocinar y otorgar el uso de su logotipo a aquellas actividades surgidas de otras entidades, tanto públicas como privadas, cuyos programas y objetivos coincidan con aquellos que sean de interés para la Sociedad y el desarrollo de las Heridas. 

Por esta razón, la Sociedad está abierta a conceder los avales que le sean solicitados para actividades científicas que reúnan los requisitos necesarios para promover sus fines, siendo el objetivo de dicha concesión acreditar el valor científico de la actividad. 

Dado el carácter multidisciplinar de la Sociedad Española de Heridas, el reconocimiento de actividades científicas o sociales está abierto a todos los profesionales, asociaciones o entidades relacionados con el ámbito de las heridas o que contribuyan al mismo. 

Las presentes normas están orientadas a ofrecer un instrumento para valorar el reconocimiento por la SEHER de aquellas actividades que reúnan los requisitos necesarios para promover dicha actividad. 

La presente normativa se acoge a los Estatutos Generales de la SEHER. 

ARTÍCULO 1. EVENTOS SUSCEPTIBLES DE RECIBIR EL RECONOCIMIENTO DE LA SEHER 

  1. Cualquier actividad científico sanitaria puede ser susceptible de Aval y de Reconocimiento de interés. 
  2. Se entiende por actividad:  
    • Congresos, Reuniones y Simposios de otras instituciones y empresas cuyos contenidos estén relacionados con las Heridas.
    • Documentos de Consenso y Guías Diagnóstico-Terapéuticas (*).
    • Proyectos de Investigación con financiación pública o privada.
    • Libros y monografías (*).
    • Lugares on-line que tengan contenidos relacionados con las Heridas.
    • Actividades científicas desarrolladas por Casas Comerciales (*).
    • Cualquier otra actividad científica que pueda ser de interés para las Heridas (*). 

No pueden recibir el Aval Institucional a través de este proceso las actividades sociales.

(*) Se podrá conceder el aval siempre y cuando no se haga publicidad explícita de productos comerciales dentro del documento a evaluar.

ARTÍCULO 2. EVENTOS NO SUSCEPTIBLES DE RECIBIR EL RECONOCIMIENTO O AVAL DE LA SEHER 

La SEHER en virtud de la presente normativa y en base a sus estatutos y a la experiencia adquirida a lo largo de los años de su existencia, ha predefinido una serie de situaciones/circunstancias en las que la concesión del aval/reconocimiento no se llevará a cabo, salvo que concurran las circunstancias que en cada punto se especifican (p.ej. la firma de convenio, etc.). 

  1. No se otorgarán avales en actividades con Instituciones Sanitarias o Docentes si no existe una participación, o colaboración de la SEHER, y firma de un convenio o acuerdo específico.
  2. No se otorgarán avales en actividades que sean o supongan un conflicto de intereses que menoscaben el desarrollo de los fines o actividades de la SEHER, o supongan una competencia desleal.
  3. No se otorgarán avales en actividades semejantes a las que ya realiza la SEHER, y no participe como socio científico.
  4. No se otorgarán avales a reuniones o publicaciones cuyo contenido esté destinado a la promoción de actividades de asociaciones cuyos fines entren en conflicto con los fines fundacionales de la SEHER.
  5. No se otorgarán avales a reuniones o publicaciones cuyo contenido esté destinado a promocionar conocimientos pseudocientíficos.
  6. Las actividades avaladas por esta normativa en modo alguno podrán entrar en conflicto con las actividades institucionales organizadas o patrocinadas desde la Junta Directiva de la SEHER.
  7. Dentro de estas circunstancias están: 

          7.1. Coincidencia o proximidad en el tiempo con actividades institucionales, científicas o formativas, organizadas o patrocinadas por la SEHER. 

          7.2. Otro tipo de circunstancias, no especificadas que supongan un menoscabo de los intereses de la SEHER. 

 

ARTÍCULO 3. ¿CÓMO SOLICITAR EL AVAL? 

  1. La entidad promotora se dirigirá a la Sociedad rellenado un formulario a través de su página Web www.seheridas.org, solicitando la concesión del aval o declaración de interés científico. 

Plazos:

  1. Enviar la solicitud de Aval Científico a SEHER con un mínimo de un mes de antelación al inicio del programa formativo, publicación del libro o desarrollo del evento
  2. La Junta Directiva dará una respuesta a la solicitud de Aval Científico en el plazo de 2 semanas. 

Si la Secretaria de SEHER y/o la Junta Directiva estima necesaria documentación informativa adicional se comunicará al solicitante para que lo remita en el menor tiempo posible.

La solicitud debe ser presentada por la Dirección/organización de la actividad formativa o evento propuesto, pudiendo incluir en la solicitud cuantos documentos se estimen necesarios para complementar la misma.

En el caso de una solicitud de aval de una Reunión Científica es necesario incluir:

  • Programa o memoria en la que se describa el organismo responsable de la reunión, composición de su Comité Organizador, objetivos de la misma y público al que va dirigido.
  • Programa en el que consten los actos científicos, título de las ponencias, conferencias…etc., e identidad de los ponentes.
  • Relación de otras sociedades u organismos a los que se ha solicitado también el auspicio para la misma reunión.
  • Resumen de los métodos de financiación de la reunión.

En el caso de una solicitud de aval de una Publicación Científica es necesario incluir:

  • Programa o memoria en la que se describa al organismo responsable de la publicación, editores o coordinadores y público al que va dirigido. 
  • Índice de los temas o capítulos, nombre y título académico de los autores y resumen breve del contenido.
  • Relación de otras sociedades u organismos a los que se ha solicitado también el auspicio para la misma publicación. 

 

ARTÍCULO 5. DATOS A INCLUIR EN LA SOLICITUD PARA LA ACREDITACIÓN DE CONGRESOS, CURSOS, SIMPOSIOS O SIMILARES 

La solicitud debe ir acompañada de los siguientes datos, entre otros que se deberán cumplimentar en formulario de solicitud de aval (disponible en la página WEB de la SEHER).

  1. Nombre y/o razón social del organizador. 
  2. Tipo aval solicitado para la ACTIVIDAD: científico, formativo,social. 
  3. Contenidos. 
  4. Objetivos planteados. 
  5. Metodología de la ACTIVIDAD. 
  6. Profesionales, personas o colectivos a quienes va dirigido. 
  7. Programa completo la ACTIVIDAD en formato electrónico. 
  8. Fechas previstas para la realización. 
  9. Lugar (dirección completa) donde se realizará la ACTIVIDAD. 
  10. Nombre de los intervinientes en el acto, con referencia a su ocupación y lugar de trabajo. 
  11. Existencia (o no) de cualquier otra acreditación oficial y Certificado que lo acredite en su caso. 
  12. Horas de duración (o de acreditación) de la ACTIVIDAD, especificando el desglose de horas teóricas y/o prácticas si existiesen. 
  13. Indicar si hay patrocinio o no por Casas Comerciales y/o si son estas las que desarrollan la ACTIVIDAD. 

 

ARTÍCULO 6. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD 

  1. La solicitud se presentará a través de la página WEB de la SEHER 
  2. La solicitud deberá ir dirigida a la atención de la Junta Directiva de la SEHER.

 

  1. Esta solicitud se envía a la Junta Directiva de la SEHER para su valoración, que considerará la coincidencia con el objeto social de la SEHER.

Una vez recibida y admitida la solicitud de Aval Científico SEHER por la Secretaría de la Sociedad, se tramitará ante la Junta Directiva de la SEHER que emitirá su informe. 

La documentación aportada y la resolución de la Junta serán archivadas en la Secretaría de la SEHER. 

El Aval Científico SEHER se concede para una actividad o publicación concreta y, en el caso de acciones formativas, por un período de un año, concluido el cual será preciso solicitarlo de nuevo. 

En virtud de la naturaleza del evento a avalar y, en función del posible carácter comercial del mismo, la Secretaría de SEHER ha establecido un canon para la concesión del Aval Científico SEHER 

  1. La Junta Directiva de la SEHER emite un dictamen con el resultado de la evaluación, indicando de forma razonada sus conclusiones.

En caso de concesión, se comunicará al interesado por escrito, incluyendo de forma expresa las condiciones económicas, en el caso de que proceda, y términos de uso de la declaración de interés científico, así como del logotipo. 

En todo el material donde figure el logotipo de SEHER deberá añadirse “con el Aval Científico de”. 

El logotipo de SEHER que se podrá incluir en los materiales avalados debe ser el que se facilite por parte de la Secretaría SEHER en el momento de la concesión del Aval y no podrá ser alterado. 

Es obligatorio enviar a la Secretaría SEHER un ejemplar definitivo del programa, libro, documento, etc. una vez concedido el aval e incluido el logo. 

 

SEHER. ARTÍCULO 7. COSTE AVAL SEHER 

Actividad promovida por un miembro de la SEHER 

Cuando una actividad sea promovida por uno o varios miembros de nuestra sociedad y cumpla los criterios de aval se concederá el mismo sin coste alguno.

 

Actividad promovida por un investigador o un grupo de ellos que no pertenezcan a SEHER

Las actividades promovidas por un investigador o un grupo de ellos no pertenecientes a la SEHER serán evaluadas y si se concediera el aval se abonará la cuota establecida de 1.000 euros + IVA. 

 

Actividad promovida por una entidad privada que no sea la SEHER 

Las actividades promovidas por una entidad privada serán evaluadas y si se concediera el aval se abonará la cuota establecida de 2.000 euros + IVA.

 

Actividad promovida por la Industria Farmacéutica 

Las actividades promovidas directamente por la industria farmacéutica, aunque se ejecuten a través de una compañía de apoyo a la organización de la misma, serán valoradas y se establece el cobro de 3.000 euros + IVA.

Para el caso de una publicación el coste del aval será de 1.000 € + IVA. 

 

ARTÍCULO 7. IMPLICACIONES DE LA CONCESIÓN 

El Aval Institucional implica la conformidad de la Sociedad Española de Heridas a la actividad avalada y el uso de su nombre y de su logotipo por los organizadores. Debe ser objetivo de todos aquellos que participen en el proceso de concesión del Aval que sólo lo reciban aquellas actividades que, cumpliendo las finalidades de la Sociedad, lo hagan con la dignidad que el nombre de la Sociedad requiere. 

El auspicio de la SEHER a una reunión o publicación científica consiste en un aval científico a los objetivos y contenido general de la reunión o publicación de que se trate. La SEHER no se hace responsable de las opiniones personales vertidas durante la reunión, o la publicación, por sus ponentes, conferenciantes o autores.

Al otorgar el AVAL, la SEHER se compromete a:

  1. Enviar por correo electrónico una carta de concesión del AVAL de Reconocimiento y los términos de la misma.
  2. Permitir la utilización del Logotipo de la SEHER con su texto en los programas, posters, folletos de propaganda y demás soportes propios de la ACTIVIDAD. 
  3. El logo de la SEHER irá siempre acompañado del texto: Aval de reconocimiento de interés en el dominio correspondiente

 

ARTÍCULO 8. CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ EVALUADOR 

  1. El responsable de la evaluación y otorgamiento de los Avales será el Comité de Avales, formado por 2 vocales de la Junta Directiva más el Secretario y el Presidente de la SEHER.

 

ARTÍCULO 9. PATROCINIO ECONÓMICO DE LA SEHER

  1. En modo alguno la concesión del reconocimiento implica sufragar, total o parcialmente los gastos correspondientes al desarrollo de la actividad. 
  2. Cualquier patrocinio deberá ser aprobado por Comisión de Avales, junto con el Secretario y Presidente.

 

ARTÍCULO 10. PUBLICIDAD DE LAS ACTIVIDADES PATROCINADAS A LOS SOCIOS DE LA SEHER 

  1. El Secretario de la Junta Directiva de la SEHER llevará un libro-registro de todos las ACTIVIDADES patrocinados. 
  2. El Presidente de la Junta Directiva de la SEHER, en su informe anual en el Asamblea de la Sociedad, dará cuenta de todos los eventos patrocinados por la SEHER.

 

ARTÍCULO 11. DENEGACIÓN DE ACTIVIDADES Y RECURSOS CONTRA LA MISMA 

  1. La denegación del Comité Evaluador siempre deberá ser informada. 
  2. Contra la resolución del comité de evaluación no se contempla recurso alguno.

 

ARTÍCULO 12. RÉGIMEN SANCIONADOR

  1. Cualquier incumplimiento o variación de los requisitos aprobados o un uso inadecuado del aval podrá suponer un retirada de derechos a la utilización del aval y obligar a su retirada, y difusión de la misma. 
  2. No se permite la difusión ni preaviso de solicitud del Aval de la SEHER, sin la previa concesión. La utilización o difusión del aval o su preaviso de solicitud sin estar aprobado, supondrá la posibilidad de medidas disciplinarias para los miembros de la SEHER, y de posibles acciones legales hacia los responsables. 
  3. El incumplimiento o variación de los requisitos aprobados en la concesión de un aval podrá ser causa de denegación de solicitudes de aval para peticiones posteriores.

 

ARTÍCULO 13. APLICACIÓN DE CRITERIOS ESPECÍFICOS 

  1. La SEHER se reserva el derecho a introducir “Criterios Específicos” en cualquier ACTIVIDAD, si concurrieran aspectos particulares no contemplados en este documento, que deberán ser consensuados con las entidades, colectivos o personas que realicen alguna propuesta determinada y aprobados finalmente por la Junta Directiva.

 

ARTÍCULO 14. REFORMA DE LA PRESENTE NORMATIVA 

  1. La SEHER se reserva el derecho a modificar en cualquier momento el presente documento por decisión y aprobación expresa de la Junta Directiva.
  2. Las modificaciones establecidas no tendrán carácter retroactivo y solo serán efectivas a partir de la fecha de aprobación del nuevo documento.
  3. Se asume que aquellas ACTIVIDADES que lograron el aval de la SEHER con anterioridad a la fecha de aprobación de las modificaciones no serán afectados por estas.